25 de noviembre de 2025
Córdoba prohibió la navegación en ríos y arroyos: qué dice la nueva resolución y cuáles son las excepciones
La resolución publicada por la Dirección de Seguridad Náutica establece la restricción total para kayaks, canoas y todo tipo de embarcaciones
La resolución llega en la antesala de la temporada de verano, momento del año en que la asistencia de turistas y locales a los rÃos cordobeses suele incrementarse. La Dirección de Seguridad Náutica advirtió sobre el aumento de riesgos cuando coinciden embarcaciones y bañistas en un mismo espacio. “En los rÃos y arroyos se torna extremadamente peligrosa la práctica de la navegación, pues además de las caracterÃsticas peculiares de los rÃos y arroyos, con crecientes frecuentes, especialmente en la temporada estival, se concentra la mayor concurrencia de turistas y bañistas, circunstancia que acrecienta considerablemente el riesgo de que una embarcación y/o persona sea arrastrada y asimismo embista o pueda lesionar algún bañistaâ€, dice la normativa.
El director de Seguridad Náutica, Adrián Berelejis, brindó detalles al medio local El Doce, aclarando que la medida no alcanza a lagos, embalses ni diques de la provincia, donde se mantiene habilitada la navegación con embarcaciones a remo o a motor bajo el esquema tradicional. “Hicimos una resolución aclaratoria con el fin de dejar determinado que la navegación en embarcaciones no está permitida en los rÃos de la provinciaâ€, señaló Berelejis, quien subrayó: “el objetivo es de prevención en la preservación de la vidaâ€.Consultado sobre las excepciones, Berelejis precisó que la única posibilidad contemplada corresponde a “eventos náuticos deportivos en particular, que se realicen con la debida autorización de este organismo de Seguridad Náuticaâ€. Las competencias deportivas, como el “DesafÃo del Xanaes†y las prácticas de canotaje en Inriville o Bell Ville, solo se podrán llevar a cabo si cuentan con la evaluación y aprobación previa del organismo, que analizará si existen condiciones para el desarrollo seguro de la actividad.La base jurÃdica de la medida también cita el Código Civil y Comercial Argentino, que considera los espejos de agua provinciales como bienes de dominio público “sujetos a la plena jurisdicción Provincialâ€, incluyendo tanto las áreas cubiertas por las aguas durante las crecidas normales como aquellas liberadas cuando el nivel del agua desciende.
