Viernes 5 de Septiembre de 2025

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5 de septiembre de 2025

La Conmebol descalificó a Independiente de la Sudamericana por los incidentes ante la U de Chile

El máximo organismo del fútbol sudamericano dio a conocer la sanción tras los graves incidentes ocurridos en Avellaneda el pasado 20 de agosto en la revancha de los octavos de final

>Luego de los descargos escritos y las audiencias presenciales, la Conmebol dio a conocer el fallo tras la El organismo continental decidió que Independiente sea descalificado del torneo. El Rojo, además, no podrá contar con su público en los próximos siete partidos, y tampoco los tendrá en los siguientes siete encuentros en condición de visitante.

Por su parte, la U de Chile disputará los cuartos de final de la Copa Sudamericana ante Alianza Lima, pero lo hará sin su público en condición de local durante siete encuentros. Al igual que ocurrió con la institución de Avellaneda, los hinchas chilenos no podrán ver a su equipo en condición de visitante en los siguientes siete juegos.

El duelo se había detenido minutos después de iniciado el segundo tiempo el Si bien los incidentes iniciales se registraron antes del horario pautado para el juego, los primeros síntomas de la gravedad del problema se vieron durante el entretiempo de este encuentro. Más allá de que se intentó despejar la tribuna visitante con el aviso de la voz del estadio y se buscó comenzar el segundo tiempo, la escalada de violencia impidió la continuidad del juego y obligó a una “cancelación” por parte de la Conmebol.

Los dirigentes de Independiente viajaron inmediatamente después del encuentro a Asunción para tener la primera reunión con Conmebol, pero luego ambas entidades presentaron un Según planteó el presidente de la institución argentina, Néstor Grindetti, la defensa del Rojo estuvo basada en cuatro pilares: “La violencia se originó exclusivamente en la parcialidad visitante desde antes del inicio del partido; Independiente cumplió con todas las normas de seguridad bajo su responsabilidad y se dispuso un operativo acorde a un evento de “alto riesgo”; la vandalización de la Tribuna visitante fue premeditada y con el único objetivo de generar caos; y la cancelación del encuentro fue consecuencia directa de los actos de la hinchada de Universidad de Chile“.

La Conmebol ya La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,

1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE, por la infracción a los artículos 8.1, 8.2, 12.1 literales a), b) y d), 12.2 literales a), b), i), y j) del Código Disciplinario de la CONMEBOL; al artículo 22 literales a) y g) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL 2025 y al artículo 5.1.11 del Manual de clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2025, las siguientes sanciones:

1.1. DESCALIFICAR al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE de la presente edición de la CONMEBOL Sudamericana 2025, sin exclusión de futuras competiciones.

1.3. OBLIGACIÓN de jugar sus siguientes 7 (siete) partidos en condición de visitante, en competiciones CONMEBOL, sin aficionados del CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE.

1.4. MULTA de USD 150.000 (CIENTO CINCUENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. IMPONER al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE, por la infracción a los artículos 8.1, 12.2 literales b), c), i) y j) del Código Disciplinario de la CONMEBOL, las siguientes sanciones:

3.1. OBLIGACIÓN de jugar a PUERTA CERRADA sus siguientes 7 (siete) partidos en condición de local en competiciones CONMEBOL.

3.3. MULTA de USD 150.000 (CIENTO CINCUENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

5°. ORDENAR al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE y al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE a realizar en su siguiente partido en condición de local en competiciones CONMEBOL, las siguientes activaciones:

5.2 PUBLICAR en las redes sociales oficiales de los Clubes una campaña comunicacional con la frase “BASTA DE RACISMO, DISCRIMINACIÓN Y VIOLENCIA” durante los tres días previos a su próximo partido, la cual tendrá que ser aprobada previamente por la Dirección de Marketing de la CONMEBOL.

7º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE y al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el artículo 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

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