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17 de noviembre de 2025

DNU: la oposición aprovechó una visita del presidente del Senado español para reclamar mayores restricciones

“Se ha hecho un uso desigual. Yo no creo que sea un problema, pero debe ser utilizado en su justa medida”, señaló Pedro Rollán Ojeda al ser consultado sobre la experiencia de dicho sistema en la nación europea. Allí tienen 30 días para definir en el Parlamento. La Cámara alta aún no sabe si irá al recinto esta semana para cambiar la ley vigente e imponer 90 días de aprobación obligatoria por parte del Congreso

>La Cámara alta inició esta semana con dudas sobre si sesionará o no. Es la intención de algunos bloques de la oposición -otros buscan pactar con la Casa Rosada y cerrar el recinto hasta diciembre-, que aprovecharon la visita oficial realizada el jueves último por el presidente del Senado español, Pedro Rollán Ojeda (Partido Popular), para consultarle sobre el régimen aplicado allí a los “decretos-ley”, aquí denominados Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), e inclinar la balanza hacia el potencial plazo de 90 días que empujan algunas bancadas para una aprobación total del Congreso, con un kirchnerismo que viró de postura y generó suspicacias.

“A lo largo de nuestras casi cinco décadas de democracia, y nos encontramos en la decimoquinta Legislatura, la utilización por parte del Gobierno del decreto-ley ha sido desigual. Es directamente proporcional el menor uso del decreto-ley con respecto a si se dispone o no de una amplia mayoría, de un amplio respaldo”, comenzó el titular del Senado español. Ante estas primeras frases asintió la vicepresidenta y anfitriona, Victoria Villarruel, según un video al que tuvo acceso Infobae.

Yo no creo que sea un problema, pero creo que debe ser utilizado en su justa medida. Lo deseable es que sean las Cortes, bien a través de las figuras de las proposiciones de ley o una iniciativa legislativa, que le corresponde al Gobierno. Si se trata de una iniciativa legislativa extraordinariamente importante, urgente e inmediata, hay procedimientos para que una ley, por ejemplo, cuando llega al Senado de España, no supere los 20 días de tramitación”, agregó el invitado.

A principios de septiembre pasado, una envalentonada oposición metió 56 voluntades -sobrados dos tercios- para imponer que los DNU tengan un plazo de 90 días de corrido para ser aprobados sin excepción y “con mayoría absoluta” por Diputados y el Senado. En la actualidad, si ambas Cámaras no lo voltean -sin registro de tiempo-, los mismos siguen en curso. Además, el texto incorpora que, ante la votación negativa de un solo Cuerpo, también caerían, salvo los derechos adquiridos durante un eventual y corto tiempo de vida.

La yapa es que cada decreto deberá referirse a un área en particular, con el fin de evitar una ensalada de temas. En resumen, una más que tardía restricción a la ley que impulsó Cristina Kirchner como senadora en 2006 y que fue usufructuada por todas las administraciones. Según la oposición, Javier Milei abusó de la metodología y ahora, a casi 20 años de uso, hay una demanda para revisar con premura.

El Ejecutivo pretende no sesionar hasta diciembre y, ante una hipotética sanción de la ley, vetaría. Llegado ese momento, ya tendrá a disposición la renovación parlamentaria consumada, como para blindar el tercio bloqueador si la oposición quisiera insistir con un articulado de ese estilo. Algunos bloques confían en que la opción de la Cámara baja, al ser la más light, atravesaría esa valla.

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