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16 de abril de 2025

El crimen de Lucas González: la Cámara de Casación absolvió y liberó a dos de los condenados

Se trata de Juan Horacio Romero y Sebastián Jorge Baidón, que habían sido seis y ocho años de cárcel por los delitos de encubrimiento y privación ilegítima de la libertad y torturas. Los jueces confirmaron el resto de las sentencias

>La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional revisó las condenas contra los policías implicados en el homicidio de La causa trató uno de los episodios más graves de violencia institucional, donde fuerzas de seguridad fueron acusadas de cometer un conjunto de delitos graves tras disparar contra un vehículo donde iba Lucas junto a sus amigos en el barrio porteño de Barracas tras salir de una práctica de fútbol.

Los jueces Pablo Jantus, Alberto Huarte Petite y Gustavo Bruzzone confirmaron las condenas a prisión perpetua para Gabriel Isassi, Fabián López y Juan José Nieva, quienes fueron declarados culpables por los delitos de homicidio quíntuplemente agravado en perjuicio de Lucas, así como tentativa de homicidio agravada contra tres de sus amigos.

Se concluyó que Isassi, López y Nieva abrieron fuego contra el vehículo sin identificarse como policías, y luego intentaron justificar su accionar mediante maniobras fraudulentas, como la colocación de un arma de juguete en el auto de las víctimas. Los argumentos de sus defensas, que cuestionaban la valoración de las pruebas y buscaban la nulidad, fueron desestimados por la Cámara.

El tribunal también ratificó las condenas para otros policías que participaron en el encubrimiento del crimen de Lucas y del intento de homicidio de sus tres amigos.

Entre ellos, Roberto Orlando Inca, Fabián Alberto Du Santos, Rodolfo Alejandro Ozán y Héctor Claudio Cuevas, quienes fueron sentenciados a penas que van desde cuatro a seis años de prisión por encubrimiento agravado y privación ilegítima de la libertad de las víctimas. Estas acciones incluyeron la falsificación de pruebas y la manipulación de la escena del crimen.

Sin embargo, los jueces consideraron que Juan Horacio Romero y Sebastián Jorge Baidón debían ser absueltos y puestos en libertad.

En cuanto a Baidón, quien había sido condenado a 8 años de cárcel por torturas psicológicas contra uno de los adolescentes, los jueces concluyeron que existían dudas razonables sobre la validez del reconocimiento realizado por la víctima, particularmente porque la identificación se produjo en un contexto confuso con la presencia de numerosos agentes policiales.

Se ordenó la inmediata libertad de ambos imputados, sujeto a la confirmación de que no existieran otros impedimentos legales.

La Cámara dedicó partes extensas de su resolución a analizar las pruebas sobre el encubrimiento orquestado por los policías. Se dio especial relevancia a grabaciones de comunicaciones telefónicas entre varios de los acusados, así como al testimonio de los sobrevivientes.

En cuanto a los absueltos, la Cámara cuestionó el margen de certeza alcanzado en el fallo previo, especialmente en lo referido al supuesto autor de las amenazas verbales, destacando inconsistencias en los reconocimientos y en elementos como el análisis de vestimenta y posturas físicas observadas en videos.

Los sobrevivientes fueron detenidos y acusados falsamente de portar armas y cometer delitos, mientras las autoridades involucradas modificaban pruebas para sustentar una historia falsa.

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