10 de diciembre de 2024
Prohibieron colocar nombres de políticos a los edificios públicos y el adoctrinamiento en las escuelas

El Gobierno hizo oficial esta decisión mediante la publicación de los decretos 1084/2024 y 1086/2024. Además, estableció un plazo de 10 años desde el fallecimiento de la persona a homenajear para que un edificio pueda llevar su nombre
“La violación por parte de un funcionario público de las prohibiciones establecidas en el presente decreto constituye una infracción grave en el ejercicio de la función pública, ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, patrimoniales y penales que pudieran caberle al mismo, conforme lo previsto en las normas vigentes”, aclararon.
“La denominación y/o identificación de obras de infraestructura pública, monumentos, edificios, oficinas y espacios públicos no debería estar basada en intereses políticos partidarios, para no desvirtuar la finalidad y el significado cultural o histórico de dichos bienes y evitar provocar confusión entre lo público y lo partidario”, alegaron y señalaron que estas prácticas “provocan la pérdida de la neutralidad que corresponde que posean los bienes públicos”.
En paralelo, el Gobierno publicó el decreto 1086/2024, que modifica la reglamentación de la ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, al incorporar algunas consideraciones a sus artículos.Al respecto, el Ejecutivo argumentó que “dada la importancia del rol que cumplen los docentes en el desarrollo de la vida y la libertad de los niños, es fundamental que estos no impongan una determinada forma de pensamiento ni limiten de ninguna manera el libre desarrollo de las ideas, evitando cualquier posible adoctrinamiento”.
“La libertad de pensamiento representa un factor esencial en nuestra sociedad y debe ser respetada en todos los ámbitos y por todas las personas”, mencionaron.