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16 de diciembre de 2021

El CELS criticó un fallo de la Corte sobre los ingresos irregulares de migrantes

En un comunicado la entidad cuestionó un fallo de la semana pasada del máximo tribunal cuando se ratificó una orden de expulsión contra un ciudadano chino por considerar irregular su ingreso al país.

15-12-2021 | 21:53



El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) cuestionó un fallo de la semana pasada de la Corte Suprema en el que los cuatro miembros del tribunal ratificaron una orden de expulsión contra un ciudadano chino (cuyas iniciales son Q.H.) por considerar irregular su ingreso al país, para lo cual revocaron una medida previa de la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal que le había dado la razón al extranjero y declarado nula la resolución de la Dirección de Migraciones que lo expulsaba del país y prohibía su reingreso por cinco años.

En un comunicado difundido este miércoles, el CELS objetó que la Corte entienda "que la única respuesta que debe dar el Estado a quienes entraron por sitios no autorizados es echarlos, sin importar que vivan en al Argentina hace muchos años y que aquí tengan también a sus familias", y además reprochó al tribunal no haber valorado artículos de la ley de Migraciones (ley 25871) que establecen que "la regularización es la obligación que tiene el Estado a partir del reconocimiento del derecho a migrar".

El organismo aseguró que la legislación vigente (por la ley 25871, sancionada en diciembre de 2003) obliga al Estado a regularizar situaciones de personas que ingresaron al territorio nacional "incluso en aquellos supuestos en los que la autoridad migratoria pueda constatar alguna situación de irregularidad administrativa", y que en esos casos -puntualizó- "tiene que reclamarle al migrante que regularice su situación", sin disponer que el individuo que se halla en el país sea inmediatamente expulsado.



"Sin darle valor a esta parte de la legislación, la Corte anuló la decisión de la Cámara (Contencioso Administrativo Federal) apoyándose en otro artículo de la ley (por el artículo 61 de la ley 25781) que limita la residencia en el país de quienes entren por pasos inhabilitados", agregó la entidad que interviene en la defensa de los Derechos Humanos y cuya comisión directiva está encabezada por la doctora en Antropología Social Sofía Tiscornia.

El CELS se refirió a un fallo de la Corte del 7 de diciembre, en el que Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti revocaron una decisión de segunda instancia que "había anulado una orden de expulsión de un ciudadano chino (por Q.H.) que hace 20 años ingresó al país por un lugar inhabilitado".

Sobre ese fallo en particular, relacionado a las irregularidades en el ingreso al país y a la cancelación de la permanencia, el CELS advirtió que el mismo criterio está siendo aplicado para otras situaciones, como una orden reciente de expulsión de un ciudadano paraguayo establecido en la Argentina en 1990.

"La Corte también resolvió la expulsión de otro ciudadano paraguayo, que está desde 1990 en el país, y de cerca de 15 casos más en los que estaba en debate ese mismo argumento", alertó el organismo.

El CELS cuestionó un fallo de la semana pasada de la Corte Suprema.


En el pronunciamiento, que la entidad difundió bajo el título "ningún ser humano es ilegal", la ONG criticó a los cuatro integrantes del máximo tribunal por desplegar "una interpretación de la ley (de Migraciones) que restringe los derechos de los migrantes" y afirmó que ese criterio estaba en contradicción con "el lento recorrido que había trazado ese tribunal desde 2007 hasta 2018, cuando supo tomar decisiones que acompañaron los mandatos de la normativa migratoria de 2004, que tumbó años de gestión bajo decretos de las dictaduras".

Además, el CELS recordó que la propia Corte, en el año 2011, había elogiado una decisión muy distinta de la Cámara Federal de Paraná en un juicio por el ingreso irregular de ciudadanos chinos a la Argentina, antecedente en el que los camaristas de Entre Ríos priorizaron "el derecho a migrar" al considerarlo un derecho humano y, de ese modo, expresaron "un cambio de paradigma" al ubicar a la orden de expulsión como "una medida extrema y excepcional".

"El fallo de la Corte de la semana pasada anuló todo tipo de debate sobre la situación de quienes tuvieron en el pasado un ingreso irregular, sin contemplar ninguna posibilidad de subsanarlo. El tribunal debió ponderar todos los intereses en juego, no solo los del Estado, y considerar la desigual posición de las personas migrantes", agregó la entidad en otro cuestionamiento directo al máximo tribunal.

Finalmente, el CELS relacionó la decisión de la Corte con la modificación por decreto de la ley de Migraciones que dispuso el expresidente Mauricio Macri en 2017, cuando "con información sesgada e impregnada de prejuicios se vinculó de forma directa a las personas migrantes con la comisión de delitos y se concluyó que había que expulsarles de manera inmediata".
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