22 de agosto de 2024
Se podrá blanquear bienes por hasta USD 200.000 sin costo: las aclaraciones de la AFIP sobre la letra chica de sinceramiento fiscal
El organismo respondió consultas de contadores y especificó, entre otros puntos, que el hay un tope de USD 100.000 para declarar efectivo y otro, extra, del mismo valor para otros bienes como inmuebles. Como ya se había aclarado, montos mayores también podrán evitar el pago de costos si se destinan a ciertos fines
“Quedó confirmado lo que hablamos que son dos blanqueos separados. Un blanqueo, un régimen especial para el efectivo y un régimen general distinto para los demás bienesâ€, dijo el tributarista Sebastián DomÃnguez en comentarios a Infobae.
En el ejemplo sometido a consulta:
- Consultado respecto a la regularización de un monto de efectivo mayor a los USD 100.00 (el ejemplo plantea USD 120.000), mientras tanto, el organismo explicó que “éstos deben permanecer depositados en una cuenta especial hasta el 30/9/24, inclusive, o afectarse hasta esa fecha, de forma total o parcial, en alguno de los destinos admitidos por la normaâ€. Mientras que, al blanquear un inmueble de USD 180.000 -otro ejemplo- “dará lugar a un impuesto especial a pagar sobre el importe que exceda tal franquicia (es decir, sobre los USD 80.000)â€.
Por ejemplo, blanqueo USD 500.000, no es que pagues costo automático el 5%, vas a pagar el 5% si lo retirás a partir del primero de octubre. Si le das los destinos que establecen las normas hasta 31 de diciembre de 2025, tampoco pagas sobre los USD 500.000 de efectivoâ€, explicó DomÃnguez.
En este supuesto los fondos deben permanecer depositados en una cuenta especial hasta el 30/9/24, inclusive, o afectarse hasta esa fecha, de forma total o parcial, en los siguientes términos:
- A partir del 1/10/24 y hasta el 31/12/25, ambas fechas inclusive, esos fondos deberán continuar depositados en la cuenta especial o afectarse a alguno de los conceptos mencionados en el párrafo anterior; caso contrario, el dinero que no cumplimente tal condición quedará sujeto a una retención del 5%. Desde el 1/1/26, se podrán retirar sin quedar sujetos a retención alguna.
