8 de abril de 2024
Ecuador responsabilizó a México por la irrupción en la embajada para detener a Jorge Glas: “No es lícito conceder asilo a personas condenadas”
Gabriela Sommefeld señaló que por el riesgo de fuga del ex vicepresidente, el presidente Daniel Noboa ordenó a la policía el ingreso a la misión diplomática.
La canciller sostuvo que el artículo tercero de la Convención de Caracas sobre Asilo Diplomático de 1954 y el artículo primero de la Convención de Montevideo sobre Asilo Político de 1933 establecen claramente que es ilícito otorgar asilo político a personas condenadas.
“No es lícito conceder asilo a personas condenadas o procesadas por delitos comunes y por tribunales ordinarios competentes”, dijo. Bajo este argumento condenó que la Embajada de México aceptara la solicitud de asilo político de Glas.
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