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25 de agosto de 2026

Aprobaron un nuevo aumento en las prestaciones básicas para personas con discapacidad

La actualización para julio se calculó con la variación del IPC de junio y se aplicará de manera uniforme a todas las modalidades incluidas en el nomenclador del sistema de atención integral

El Gobierno actualizó los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral para las Personas con Discapacidad, mediante una resolución que publicó esta madrugada. El incremento corresponde al mes de agosto y es de 2,1% calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del mes anterior.

La medida quedó formalizada mediante la resolución 2775/2026, dictada en el marco de la Secretaría Nacional de Discapacidad (SND), y de esta manera quedan actualizados los valores que la resolución 2227/2026 había fijado el organismo para el mes de julio, en un porcentaje de 1,9%. La nueva suba rige de forma uniforme para todas las modalidades de prestación contempladas en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, sin distinción por tipo de servicio, y se verán reflejados en agosto.

La normativa también ratificó la continuidad de un adicional del 20 % sobre el arancel básico para las prestaciones brindadas en la denominada zona patagónica. Este reconocimiento por zona desfavorable aplica a las provincias del sur del país y fue incorporado inicialmente. La medida contempla las condiciones geográficas y de acceso propias de esa región, que encarecen la prestación de servicios de salud y apoyo para las personas con discapacidad. Los nuevos valores arancelarios acompañan el texto oficial.

Para los nuevos valores quedaron de la Categoría A, que corresponde a las prestaciones de mayor complejidad, el arancel de un Centro de Día con jornada doble pasó de $1.078.908,97 a $1.101.566,06. En la Categoría B, los valores son proporcionalmente menores: el Hogar con CET permanente quedó en $2.824.518,71 y la Residencia Permanente en $1.133.384,56.

La Categoría C, destinada a las prestaciones de menor complejidad relativa, fijó el arancel del Hogar Permanente en $1.383.759,91 y el de la Residencia Permanente en $1.047.812,39.

El contexto en el que se inscribe esta actualización arancelaria no es menor. En mayo de 2026, la Justicia Federal ordenó al programa Incluir Salud y al PAMI normalizar la cadena de pagos a los prestadores que atienden a personas con discapacidad en un plazo de 72 horas.

La medida cautelar fue dictada por el juez federal Miguel Hugo Vaca Narvaja, a cargo del Juzgado Federal N° 3 de Córdoba, en el marco de un amparo colectivo de alcance nacional que permanecerá vigente por seis meses o hasta que exista sentencia firme.

Los demandantes denunciaron que los prestadores no percibían los fondos que el Estado les debía, lo que derivó en la interrupción de terapias para niños, adultos mayores y personas con discapacidad, y en la falta de entrega de medicamentos.

El Ministerio de Salud, a través de la Subsecretaría de Políticas de Acceso y Apoyos, argumentó ante el tribunal que los atrasos respondían a un "reordenamiento estructural" derivado del traspaso del programa Incluir Salud desde la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) al Ministerio, y que el proceso de regularización estaba en marcha.

El juez descartó esos argumentos al contrastarlos con los hechos concretos: facturas impagas, tratamientos suspendidos e intereses millonarios. La resolución judicial subrayó que la interrupción de los tratamientos puede producir retrocesos en el desarrollo integral de las personas con discapacidad.

El Nomenclador fue aprobado originalmente en 1999 por el entonces Ministerio de Salud y Acción Social mediante la Resolución 428, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 1193 de 1998. Desde entonces, sus aranceles reciben actualizaciones periódicas a partir de las propuestas que eleva el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas, el órgano colegiado encargado de la conducción del sistema. Fue ese directorio el que, a través del Acta 432, acordó la modificación que dio sustento a la presente resolución, en conformidad con la Ley 27.793.

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