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11 de junio de 2026

ANMAT prohibió la venta de un aceite de oliva falsificado, un blanqueador dental y productos químicos

La autoridad nacional dispuso el retiro y la prohibición de comercialización de artículos detectados sin registros válidos, tras constatar incumplimientos en la normativa vigente vinculada a la seguridad y el etiquetado

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición y retiro del mercado de tres productos por infracciones graves a la normativa sanitaria, según publicó el Boletín Oficial este 11 de junio de 2026. Las medidas afectan a un aceite de oliva falsificado, un dentífrico en polvo y productos químicos para piscinas, tras detectar irregularidades que afectan la seguridad de los consumidores.

Las disposiciones publicadas en el Boletín Oficial establecen la comunicación a las autoridades sanitarias jurisdiccionales, la Dirección de Defensa del Consumidor y otros organismos competentes para el cumplimiento de las prohibiciones y eventuales sanciones.

La disposición 3521/2026 involucra al producto rotulado como "Aceite de oliva virgen extra, Blend Suave, marca Green Olive", elaborado por Olivos del Sur S.A. en San Juan. La acción comenzó luego de una denuncia de la propia empresa, que notificó la comercialización de un producto falsificado con su marca y números de registro sanitario en un local de Rosario, provincia de Santa Fe.

La investigación del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) reveló diferencias notorias respecto del producto original. El aceite genuino se denomina "Alimento a base de aceite de girasol y aceite de oliva extra virgen sabor oliva", mientras que el falsificado se presenta como "Aceite de oliva virgen extra, Blend Suave". Además, el envase apócrifo es cuadrado y transparente, formato que la empresa no utiliza, y carece de información básica como el lote y las leyendas reglamentarias.

Según el documento oficial, el producto falsificado "carece de registros sanitarios y está falsamente rotulado al consignar en su rótulo la marca y los registros sanitarios pertenecientes a la firma Olivos del Sur S.A., marca Green Olive, resultando ser un producto apócrifo". La ANMAT resolvió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización del aceite en todo el país, en todas sus presentaciones y canales, incluidos los comercios electrónicos.

En la disposición 3522/2026, la ANMAT ordenó el retiro del mercado del "Dentífrico en polvo con carbón natural- CARBON WHITE", elaborado por CARBONWHITE – LIKE S.R.L. en Paraná, Entre Ríos. El producto presentaba datos falsos en su inscripción sanitaria y una denominación y presentación similares a un producto original, elaborado por otra firma habilitada.

El ente regulador consultó a la empresa que figura como responsable del producto original, que negó cualquier vínculo con la elaboración del dentífrico investigado. La Dirección de Gestión de Información Técnica tampoco encontró habilitación para la empresa que figura en el etiquetado del producto ilegítimo. Como resultado, la ANMAT concluyó que "no resulta posible identificar fehacientemente al establecimiento responsable de su elaboración ni verificar las condiciones bajo las cuales habría sido fabricado", por lo que no puede garantizar su calidad ni seguridad.

La disposición 3523/2026 se refiere a productos domisanitarios para piscinas, entre ellos el insecticida líquido "BICH OVER Piscinas" y una serie de productos de la marca "Cloro Sophy", como desinfectantes, clarificadores y alguicidas. Según el Boletín Oficial, estos productos carecen de registro sanitario ante la ANMAT y no se identificaron establecimientos responsables inscriptos.

La fiscalización del Servicio de Domisanitarios constató que la razón social que figura en las facturas de "BICH OVER Piscinas", Ferraro Juan Ignacio, no está registrada en la ANMAT, al igual que los productos de la firma "Cloro Sophy", encabezada por Gabriela Conzon en Munro, provincia de Buenos Aires. La autoridad sanitaria de la provincia confirmó la ausencia de registros para estos productos en su jurisdicción.

La ANMAT fundamentó estas medidas en la necesidad de "proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados de los que se desconocen las condiciones de manufactura", con base en el Decreto 1490/92, que habilita al organismo a adoptar acciones preventivas ante riesgos para la salud pública.

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