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7 de mayo de 2026

El Gobierno presentó un recurso de queja ante la Corte para revocar la pensión de Cristina Kirchner

A través de ANSES, el Poder Ejecutivo busca excluir a la ex presidenta de la jubilación honorífica por haber ejercido la primera magistratura del país. El argumento principal para el cuestionamiento es su condena penal por administración fraudulenta

El Gobierno nacional presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para revocar la medida cautelar que ordenó restablecer la pensión de privilegio de la ex presidenta Cristina Kirchner. La acción judicial fue interpuesta por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano a cargo de Sandra Pettovello, y apunta a excluir a la ex mandataria de un beneficio previsional de carácter excepcional al que, según el Ejecutivo actual, no tendría derecho por su condena penal.

El movimiento se produce después de que la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazara, por mayoría, el pedido de ANSES y del Ministerio Público Fiscal para habilitar la intervención directa del máximo tribunal a través de un recurso extraordinario. Ante ese rechazo, el Ejecutivo optó por la vía de la queja, un mecanismo procesal que permite llevar el caso a la Corte Suprema cuando los tribunales inferiores deniegan el acceso a esa instancia.

La pensión en disputa corresponde al beneficio por viudez que Kirchner percibía como cónyuge del ex presidente Néstor Kirchner, otorgado en 2010 y dado de baja en noviembre de 2024, meses después de que el máximo tribunal dejara firme la sentencia condenatoria en la causa conocida como Vialidad. En ese expediente, la ex presidenta fue hallada culpable de administración fraudulenta en perjuicio del Estado.

El comunicado del Ministerio de Capital Humano señaló que "múltiples razones legales fundamentan el recurso presentado ante la Corte para que la ex presidenta no sea beneficiada con un régimen de privilegio". El texto oficial calificó de "especialmente inadmisible" que una persona "condenada por delitos contra el Estado" acceda a una pensión de ese tipo mientras reclama, al mismo tiempo, el cobro de una jubilación honorífica de carácter también excepcional, correspondiente al ejercicio de la primera magistratura del país.

La cartera a cargo de Pettovello anticipó que agotará todas las instancias judiciales disponibles para impedir que Fernández de Kirchner perciba ambas asignaciones. La posición del Ejecutivo descansa en un argumento central: que una condena penal por delitos contra la Administración Pública es incompatible con el acceso a regímenes previsionales de excepción financiados por el erario público.

El trasfondo judicial de esta disputa se remonta al 12 de febrero pasado, cuando una resolución de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó suspender la baja del beneficio previsional "hasta tanto se dicte sentencia definitiva y una vez producida toda la prueba pertinente", según consignó el fallo de mayoría. Esa cautelar fue la que ANSES y la fiscalía intentaron revertir sin éxito en la instancia previa al recurso de queja.

Al analizar la procedencia del recurso extraordinario, el juez Sebastián Eduardo Russo explicó que "los pronunciamientos sobre medidas cautelares no constituyen sentencias definitivas o equiparables a tales" y que, por tanto, no habilitan la intervención de la Corte. El tribunal recalcó el carácter "provisional" de esas decisiones, aclarando que pueden modificarse o dejarse sin efecto en cualquier momento.

El juez Juan A. Fantini Albarrenque, integrante de la mayoría, sostuvo que "la mera circunstancia de que una de las partes fuera la ex presidenta de la Nación no resulta determinante a la hora de resolver sobre la admisión o no de un recurso extraordinario". En esa misma línea, el fallo precisó que el impacto mediático o en redes sociales no alcanza para configurar la gravedad institucional que la jurisprudencia de la Corte exige para admitir ese tipo de recursos.

ANSES y el Ministerio Público Fiscal habían argumentado que el caso requería intervención urgente del máximo tribunal por los intereses públicos comprometidos y por el valor de precedente que podría sentar la resolución. La mayoría del tribunal desestimó ese fundamento, al entender que la doctrina exige que la decisión tenga "un efecto que exceda el interés de las partes y alcance a la comunidad toda o afecte las instituciones básicas de la Nación", condición que no se verificó en el expediente.

Con el rechazo de la mayoría y el expediente devuelto al juzgado de origen, el Gobierno recurrió a la queja como último carril procesal disponible antes de que la Corte Suprema deba pronunciarse sobre el fondo de la cuestión. La decisión del máximo tribunal determinará si la cautelar que hoy obliga a ANSES a restablecer el pago se mantiene o cae mientras continúa el litigio principal sobre la validez del acto administrativo que dio de baja el beneficio.

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