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25 de marzo de 2026

El Gobierno busca integrar el trámite del título de los profesionales de la salud con el otorgamiento de la matrícula

La resolución fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Además, intentarán que la SUBE sea gratuitas para los discapacitados

La integración de trámites administrativos vinculados a la salud y la discapacidad en Argentina sumó un nuevo capítulo con la reciente Resolución 415/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial, que faculta a autoridades sanitarias y sociales a suscribir convenios de colaboración orientados a simplificar procesos y ampliar beneficios.

Esta disposición, busca articular la gestión de títulos profesionales y matrículas nacionales, así como mejorar el acceso a servicios y derechos para personas con discapacidad.

El objetivo declarado es reducir tiempos y trabas burocráticas, facilitando el ejercicio profesional y la inclusión de los sectores más vulnerables.

El primer eje de la medida otorga a la Secretaría de Gestión Sanitaria la facultad de firmar, en conjunto con el Ministerio de Capital Humano o la dependencia que este determine, un convenio destinado a vincular el trámite de expedición del título de grado de los profesionales de la salud con el otorgamiento de la Matrícula Nacional. Según se informó, la iniciativa busca establecer mecanismos administrativos que permitan a los egresados acceder de manera más directa y coordinada a la habilitación necesaria para ejercer en el país.

La medida responde a la necesidad detectada en el ámbito sanitario de acortar los plazos entre la finalización de los estudios y la posibilidad de incorporarse al sistema de salud, eliminando duplicidades y agilizando los procesos dependientes de distintas áreas estatales.

Paralelamente, el titular de la Secretaría Nacional de Discapacidad fue autorizado a concretar, junto con la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, un convenio específico para avanzar en la configuración del beneficio de gratuidad en la tarjeta SUBE para personas con discapacidad. Esta gestión se enmarca en el acuerdo de colaboración suscrito el 13 de marzo de 2025 entre la Agencia Nacional de Discapacidad, la Secretaría de Transporte y Nación Servicios S.A.

El objetivo declarado es garantizar el acceso gratuito al transporte público a quienes acrediten discapacidad, simplificando el proceso de obtención y validación del beneficio en la tarjeta SUBE. El nuevo convenio buscará optimizar la coordinación entre las áreas estatales y los operadores del sistema, permitiendo una mayor cobertura y menor cantidad de trámites presenciales para los usuarios.

La Secretaría Nacional de Discapacidad propició este acuerdo, considerando la importancia de ampliar derechos y promover la movilidad inclusiva. El convenio prevé la articulación técnica y administrativa para la configuración y otorgamiento automático del beneficio, consolidando así un avance en materia de accesibilidad.

La resolución también introduce modificaciones a la Resolución N.º 376 de fecha 6 de marzo de 2026 del Ministerio de Salud, delegando en la Secretaría Nacional de Discapacidad las facultades emergentes de distintas normas y decretos. Entre ellas, se incluyen competencias para la tramitación de pensiones no contributivas por invalidez laboral, la aplicación de la Ley N.º 19.279 y su decreto reglamentario, y la gestión de derechos previstos en la Ley N.º 13.478 y el Decreto N.º 432/97.

Estas delegaciones permiten que la Secretaría Nacional de Discapacidad asuma la administración directa de los trámites y beneficios mencionados, sin necesidad de intervención de otros organismos sanitarios. Se informó que el objetivo es dotar de mayor claridad y celeridad a los procesos administrativos, facilitando la atención y respuesta a los beneficiarios.

Por otra parte, la resolución deja sin efecto disposiciones previas del Ministerio de Salud dictadas entre 2023 y 2025, y restablece la vigencia de la Resolución N.º 1887 del 5 de junio de 2025, como parte de un reordenamiento administrativo orientado a consolidar la actualización normativa.

La resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y prevé su comunicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su archivo correspondiente.

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