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4 de marzo de 2026

Qué falta para promulgarlas y cuándo podrían regir las dos reformas clave que logró Milei en extraordinarias

Las autoridades nacionales están trabajando en los detalles finales de la reforma laboral y el nuevo régimen penal juvenil. Algunas medidas entrarán a regir inmediatamente, mientras que otras se demorarán unos meses

>Durante las últimas sesiones extraordinarias, el presidente Javier Milei logró que el Congreso le apruebe varios de los proyectos que había enviado, como la Reforma Laboral y el nuevo Régimen Penal Juvenil, por lo que ahora el Gobierno trabaja intensamente en la letra fina de cada norma con el objetivo de avanzar con sus respectivas implementaciones, que no serán inmediatas.

El primer paso tras la sanción legislativa es la promulgación, y de esto se está ocupando activamente la secretaria de Legal y Técnica, María Ibarzábal Murphy, que tiene que revisar los textos antes de que sean publicados en el Boletín Oficial.

En lo que respecta a los cambios en el sistema de trabajo, la misma iniciativa aprobada en el Congreso indica que, en el plano general, la ley entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Esta herramienta, básicamente, plantea que el que contrata deberá realizar aportes mensuales, que antes iban para la Anses, para armar un pozo que luego podrá utilizarse ante los eventuaes conflictos con el personal.

Algo similar ocurrirá con el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), a través del cual el Estado dará beneficios para el sector privado cuando se contrate a personas no registradas antes del 10 de diciembre de 2025 o que hayan sido monotributistas o empleados públicos.

En este caso, las exenciones impositivas regirán durante un año, contando a partir del primer día del segundo mes inmediato siguiente a la entrada en vigencia de la reforma laboral.

En cuanto al plan de Promoción del Empleo Registrado (PER), los empleadores tendrán un plazo de 180 días corridos para regularizar las relaciones laborales, contados desde la entrada en vigencia de la reglamentación de este título.

Además, el proyecto también establecía un plazo determinado para la derogación de ciertas leyes, como la del Estatuto del Periodista, el Teletrabajo y las regulaciones de los Viajantes de Comercio, que dejarán de funcionar el 1º de enero de 2027.

En lo que respecta a esta norma, que tiene como principal novedad la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, si bien el marco legal existirá a los 180 día de la publicación del régimen en el Boletín Oficial, también hay algunas consideraciones.

Por ejemplo, el texto invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adecuar su legislación procesal penal y sus normas administrativas para adherir a este nuevo régimen, pero eso dependerá de cada jurisdicción.

Además, la aplicación efectiva de la reforma depende de la asignación de recursos específicos detallados en el artículo 51, que destina un monto total de más de 23 mil millones de pesos para el ejercicio de su entrada en vigencia.

Por último, el Poder Ejecutivo debe determinar una autoridad de aplicación para controlar la implementación de la normativa, para lo cual se espera que dicte una reglamentación.

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