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10 de diciembre de 2025

Dos hermanos y un abogado fueron condenados a prisión por explotación sexual en Bahía Blanca

Tres mujeres incluidas dos transgénero y una menor de edad, fueron víctimas de explotación sexual durante 2022 y 2023. Una de las víctimas relató que fue sometida durante 15 horas por un hombre

>Dos hermanos y un abogado recibieron penas de hasta ocho años de prisión por trata de personas con fines de explotación sexual en El fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca reveló una trama compleja, en la que los hermanos Karina Carrasco y Santiago Carrasco junto al abogado José Andreatta y una propietaria de uno de los inmuebles involucrados, articularon mecanismos de captación, explotación y control sobre las víctimas.

El tribunal estableció que la principal condenada, Karina Carrasco, ejecutó maniobras constantes para atraer a mujeres en situación de calle, sin estudios ni vínculos familiares cercanos, y bajo necesidades económicas apremiantes, muchas veces tras haber atravesado historias de abuso y consumo de drogas.

La denuncia que originó la investigación surgió el 12 de mayo de 2023, cuando una trabajadora del Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero recurrió a la línea 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata. Ese día, una joven de 19 años llegó al hospital en ambulancia, con signos de abuso físico, bajo los efectos de algunas sustancias, y expresó haber sido explotada sexualmente en un domicilio donde convivía con otras dos mujeres, entre ellas una menor. El programa derivó el caso a la Fiscalía, que encomendó la investigación a la Gendarmería Nacional (GNA) y a la Policía Federal, a través de su Departamento y División Unidad Operativa Federal (DUOF).

El Ministerio Público Fiscal –representado por el fiscal federal Agustín Carestia y el auxiliar fiscal Justo Sebastián– recopiló los testimonios que resultaron clave para la causa. El tribunal acreditó que la maniobra de Karina giraba sobre promesas de vivienda e imposición de la prostitución a cambio, pero después les reclamaba supuestas deudas por alojamiento, comida o ropa para retener el dinero y restringir la libertad de las víctimas. El expediente detalla que les descontaba la mitad de los ingresos por servicios sexuales y las obligaba a pagar por insumos como comida, papel higiénico, drogas y hasta los preservativos, estos últimos provistos sin costo en centros públicos de salud.

Durante el proceso, se ventiló el nivel de control al que estaban sometidas las víctimas: registros de ingresos y egresos, límite en el uso de celulares, impedimento de comunicación entre ellas y desplazamiento restringido.

La sentencia indica que Andreatta, además, fue hallado culpable por posesión de estupefacientes con fines de comercialización y tenencia ilegítima de documentos ajenos, y mantenía relaciones sexuales con las personas explotadas.

Según consta en el fallo, la principal imputada forzaba a las víctimas a consumir pastillas y cocaína, publicar imágenes íntimas en webs de acompañantes y coordinar los encuentros con clientes. El abuso de poder y la asimetría absoluta permitieron que el control se tradujera en violencias constantes, afectando no solo la situación económica sino la integridad física y psíquica de las jóvenes.

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