7 de octubre de 2025
La Libertad Avanza presentó el pedido para reemplazar a Espert por Santilli y reimprimir las boletas

La presentación se hizo esta tarde ante la Justicia Electoral. El argumento se basó en la idea de “preservar la paridad de género y la transparencia del proceso electoral”
El núcleo de la solicitud radica en la renuncia de José Luis Espert, quien encabezaba la lista de candidatos a diputados nacionales, junto a las de Lucia Elizabeth Bernardoni (ubicada en el puesto 34) y María Gabriela Gobea (orden 5). Los apoderados acompañaron los instrumentos firmados por los renunciantes y pidieron que se disponga el corrimiento de los candidatos del mismo género, conforme lo establece el artículo 7° del Decreto 171/2019, reglamentario de la Ley 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política.
Además de la presentanción ante la Junta Electoral, el apoderado de La Libertad Avanza hizo otra presentación ante el juzgado federal N° 1 de La Plata, a cargo de Alejo Ramos Padilla, para notificar la renuncia de Espert.
El escrito enfatiza que ya se había producido un corrimiento previo durante la oficialización de listas, por el reemplazo de un candidato varón en el puesto 13. Por ello, los apoderados sostienen que la única alternativa válida es aplicar la solución prevista en el decreto reglamentario, de modo que las candidatas mujeres asciendan a partir del orden 34 y los varones desde el primer lugar, “garantizando así la continuidad del equilibrio de naturaleza y la integridad estructural de la lista fruto de los distintos acuerdos arribados por las fuerzas políticas integrantes de la presente Alianza”.Los apoderados argumentan que la BUP, implementada para las elecciones de 2025, permite una impresión ágil y segura, y que la modificación solicitada no implica un obstáculo logístico ni económico relevante, ya que se limita a la sustitución de una fotografía y los nombres correspondientes, sin alterar formato, color ni número de lista.
En el plano jurídico, el documento cita textualmente el artículo 7° del Decreto 171/2019: “el candidato o candidata oficializado u oficializada será reemplazado por la persona del mismo género que le sigue en la lista”, y subraya que la Justicia Electoral debe operar los corrimientos necesarios, siempre respetando la conformación paritaria. Además, se apoya en el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Juntos por el Cambio s/ Oficialización de Candidaturas Elección General – Comicios 27 de octubre de 2019”, donde el máximo tribunal sostuvo: “no cabe sino concluir que la única interpretación válida del artículo 70 del decreto 171/2019 es la que postula que, ante la producción de una vacante en la lista de candidatos oficializados, corresponde cubrirla con la persona del mismo género que le sigue en la lista, priorizando al titular; siempre y cuando, realizados los corrimientos correspondientes, la lista quede conformada respetando el requisito de alternancia de género exigido por el artículo 60 bis del Código Electoral Nacional”.La solicitud remarca que el reemplazo propuesto no implica un retroceso en materia de participación política de las mujeres ni afecta los principios de igualdad y paridad consagrados en la Ley 27.412. Por el contrario, se sostiene que la adecuación “se enmarca en el estricto respeto de la estructura paritaria originalmente oficializada, asegurando que la composición global de la nómina titular y suplente mantenga exactamente el mismo equilibrio y alternancia conforme las disposiciones legales y reglamentarias vigentes”.
En cuanto a la Boleta Única Papel, los apoderados destacan que su actualización es fundamental para evitar confusiones en el electorado y garantizar el derecho a votar informadamente. Argumentan que permitir que figuren candidatos que han renunciado podría inducir a error y vulnerar el derecho a elegir en forma libre, informada y auténtica, lo que consideran uno de los pilares del sistema democrático. Además, subrayan que la transparencia electoral constituye una garantía esencial del sistema representativo y republicano, y que la impresión de la BUP ajustada al nuevo orden de candidatos contribuirá a la claridad de la oferta electoral, la eficiencia institucional y la protección del sufragio informado.Finalmente, la alianza manifiesta su disposición a colaborar con la Junta Electoral Nacional para explicar técnicamente la modificación propuesta y garantizar la correcta adecuación de la boleta. Los apoderados concluyen que “es deber moral y jurídico de todos los actores del proceso electoral —partidos, alianzas y autoridades— defender la transparencia del sistema democrático, asegurando que cada ciudadano vote con conocimiento real de los candidatos propuestos”.