Jueves 28 de Agosto de 2025

Hoy es Jueves 28 de Agosto de 2025 y son las 12:50 -

28 de agosto de 2025

ARCA flexibilizó los plazos para el cómputo de percepciones de IVA

Más contribuyentes podrán aprovechar las modificaciones para mejorar la administración de sus obligaciones tributarias y equilibrar los registros internos ante las nuevas condiciones oficiales

>La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso este miércoles una modificación relevante en la forma de computar las percepciones vinculadas al Impuesto al Valor Agregado (IVA). Mediante la publicación de la Resolución General N° 5750/25 en el Boletín Oficial, la medida introduce mayor flexibilidad para los contribuyentes responsables inscriptos. El nuevo esquema se implementará a partir del próximo 1° de septiembre de 2025, permitiendo una administración más amplia de las percepciones de este tributo.

Según información provista, la resolución oficializa el nuevo marco normativo luego de múltiples reclamos de entidades representativas del sector privado. Estos grupos habían señalado que los plazos vigentes generaban dificultades en los procesos internos de registración y validación documental. Las entidades plantearon la existencia de obstáculos administrativos que complicaban el cumplimiento de sus obligaciones dentro de las fechas establecidas por la normativa anterior.

La resolución agrega una excepción que habilita el cómputo retroactivo en el período inmediato anterior, pero sólo bajo condiciones puntuales. En detalle, el período debe ser el anterior a aquel en el que originalmente se practica la percepción, y la operación correspondiente tiene que haber ocurrido dentro de ese mismo período, siempre que la percepción se practique antes del vencimiento de ese ciclo fiscal. Este componente excepcional introduce una alternativa puntual para quienes atraviesen inconsistencias en el registro documental u operen con procesos contables sujetos a validaciones adicionales.

De modo complementario, ARCA amplía el alcance de la medida a todos los regímenes de percepción incorporados en resoluciones generales previas, incluyendo las identificadas como 1603, 2126 y 2408. El nuevo esquema sustituye la condición que regía hasta ahora, en la cual la aplicación de las percepciones dependía de cada régimen y no contemplaba ninguna opción de diferimiento.

Las cámaras empresariales y asociaciones profesionales celebraron la decisión luego de exponer reiteradas preocupaciones sobre el modo en que la normativa anterior afectaba el cumplimiento regular de sus obligaciones tributarias. Al modificar estas condiciones, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero busca dar respuesta a demandas del sector privado y mejorar los procesos disponibles para la acreditación y utilización de las percepciones relacionadas con el IVA.

Según lo anunciado, la modificación no excluye ningún rubro ni sector económico determinado, sino que resulta aplicable de manera general a todos quienes intervienen en operaciones alcanzadas por los regímenes involucrados. La flexibilidad temporal deberá observarse desde el 1° de septiembre de 2025, permitiendo ajustes operativos según los nuevos plazos y adaptaciones en los sistemas informáticos de control tributario.

ARCA puntualizó que el objetivo inmediato es facilitar el desarrollo de los procedimientos internos de los sujetos obligados, aportando una mayor previsibilidad y capacidad de regularización dentro de los parámetros fijados por la administración tributaria nacional. Así, los contribuyentes podrán adecuar sus prácticas conforme a los requerimientos documentales y técnicos, utilizando el margen otorgado por la reciente resolución.

COMPARTIR:

Comentarios

  • Desarrollado por
  • RadiosNet