7 de agosto de 2025
Busca “dilatar el juicio”: la frase del juez del juicio por la muerte de Maradona contra el pedido de Luque de recusación

Fue de Alberto Gaig, a cargo del nuevo tribunal designado para la causa. Los abogados del neurocirujano pidieron su apartamiento y el de su colega Pablo Rolón. No hicieron lugar a ninguna solicitud
Este revés para Luque se da luego de que sus abogados protagonizaran una tensa discusión con los jueces en la primera (y última) audiencia convocada por el nuevo tribunal a cargo del caso. Aquel día, los letrados se habían quejado de que la convocatoria había sido muy rápida y que no habían dado los tiempos correspondientes para que las partes analicen a los magistrados y presenten sus recusaciones pertinentes. El episodio devino en la Con los plazos cumplidos, los defensores finalmente No obstante, este miércoles los jueces ratificaron la validez de su participación en el proceso y rechazaron los señalamientos que intentaban poner en duda su imparcialidad. Con estos fallos, la composición del tribunal se mantiene y los magistrados seguirán al frente de la causa.
Si bien los defensores de Luque insistirán con su reclamo en la Cámara de Apelaciones, desde la Fiscalía, representada por Patricio Ferrari y Cosme Iribarren, señalan que estas resoluciones tienen efecto devolutivo y que no deberían provocar la suspensión parcial del proceso. En este sentido, tanto los fiscales como los abogados querellantes esperan que en los próximos días se convoque a una nueva audiencia para avanzar con los pasos previos al juicio.El juez Alberto Gaig desestimó el pedido presentado en su contra, fundamentando que los argumentos de la defensa carecen de sustento legal. En su resolución, Gaig señaló que la recusación se construye sobre un relato subjetivo, con afirmaciones que no responden a ninguna de las causales previstas por el artículo 47 del Código Procesal Penal. Además, indicó que su intervención previa en el expediente fue estrictamente formal y no implicó contacto con prueba, hechos o testigos, ni valoraciones sustantivas.En relación con la supuesta incompatibilidad por integrar el mismo tribunal que la jueza María Coelho (designada para el juicio por jurados donde se juzgará a la imputada Gisela Madrid por su responsabilidad en el mismo hecho), Gaig explicó que la designación responde a un sorteo público y el juicio por jurados tramita de forma separada bajo la dirección de otra magistrada, garantizando independencia de criterio. Asimismo, sostuvo que la presentación de la defensa se sustentó en apreciaciones personales y especulaciones, orientadas a retrasar el proceso penal.El juez Pablo Adrián Rolón también consideró insuficientes los argumentos de la defensa para justificar su apartamiento. Al analizar el pedido, afirmó que el planteo de los abogados no detalla ningún supuesto de gravedad que justifique la recusación y destacó que la defensa no logró demostrar de qué manera se habría afectado su imparcialidad.
“El desarrollo argumental realizado por el letrado no logra ni de manera aproximada demostrar de qué modo lo enunciado podría afectar la imparcialidad del Suscripto tal como lo establece el Art. 47 inciso décimo tercero del C.P.P. y como se intenta infructuosamente por parte de la defensa de Luque”, alegó Rolón.