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30 de mayo de 2025

Extendieron el plazo para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales

La medida de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero afecta a personas humanas y sucesiones indivisas en todo el país

>La La medida, formalizada mediante la Resolución General 5702/2025, fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. El documento lleva la firma de Juan Alberto Pazo, el titular de ARCA, y afecta a personas humanas y sucesiones indivisas en todo el país.

La decisión establece que las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, el pago del saldo resultante de los impuestos mencionados podrán cumplirse hasta el 23 de junio de 2025 para la presentación y hasta el 24 de junio de 2025 para el pago.

La resolución responde a solicitudes de diversas entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas, que plantearon la necesidad de contar con un plazo adicional para la correcta y completa confección de las declaraciones juradas.

El documento detalla que la medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 20 de la Ley Nº 11.683, el artículo 7° del Decreto N° 618/1997 y el Decreto N° 953/2024. La intervención de la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación e Institucional fue parte del proceso previo a la emisión de la resolución.

Luego de los anuncios económicos en el marco del El titular del ente recaudador resaltó la modificación de normativas que obligaban a los bancos y comercios a informar transacciones desde cualquier monto. “Hasta el viernes —por la semana pasada— se informaban operaciones desde 15 pesos. Hoy tus consumos privados están en la esfera de lo privado”, aseguró en diálogo con A24.

“¿Te acordás cuando ibas al supermercado y te hacían pagar en cuatro veces o mostrar el DNI por una compra de 100 mil pesos? Eso no existe más. Hoy podés consumir hasta 10 millones de pesos sin identificación”, consideró el titular de ARCA.

A su vez, “las transferencias bancarias que antes se informaban desde 1 millón ahora se reportan recién a partir de los 50 millones de pesos. Lo mismo rige para acreditaciones, tarjetas y billeteras virtuales”, explicó Pazo.

“Eliminamos también el Código Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) y el Cruzamiento Informático de Transacciones Importantes (CITI), que afectaban a operaciones inmobiliarias y actividades notariales, así como los reportes de autos usados”, concluyó.

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