25 de abril de 2025
Condenaron a un sanatorio de Rosario y a dos médicos a pagar una indemnización millonaria por mala praxis

Se trata del caso de un hombre que perdió la visión, luego de haber sufrido un accidente mientras trabajaba. La sentencia aún no quedó firme
De hecho, el paciente tuvo que realizar una nueva consulta tres días después, en donde le realizaron una ecografía para evaluar el cuadro. De esta manera, los médicos descubrieron que presentaba un cuerpo extraño intraocular, hemorragia, desprendimiento de retina e infección.
De acuerdo con la información publicada por La Capital, las lesiones que sufrió en el ojo derivaron a que actualmente cuente con una incapacidad parcial y permanente del 42%. Por este motivo, decidió iniciar una demanda contra la clínica y los profesionales de la salud que lo atendieron en busca de una indemnización por daños y perjuicios provocados por mala praxis.
Luego de que la administradora de la clínica tomara conocimiento de la demanda, las autoridades se defendieron al argumentar que el paciente no continuó el tratamiento inicial que le habían indicado. Incluso, mencionaron que, como el hombre no regresó, no pudieron hacerle un seguimiento. Además, afirmaron haberle brindado un servicio de calidad y que le realizaron los estudios correspondientes, por lo que concluyeron que el estado en el que estaba era tan grave que no existía ningún diagnóstico temprano que pudiera revertir el nivel de daño.No obstante, el juez Quiroga concluyó que el paciente no recibió la atención médica adecuada el día del accidente, según las pruebas presentadas, y subrayó que la falta de atención “resulta achacable a los médicos codemandados”.
“Es de capital importancia la historia clínica que el médico debe realizar en cada caso, en la que se asienta el estado originario del paciente al ingresar bajo su atención, los servicios prestados, su evolución y resultados obtenidos”, remarcó al considerar que la falta de información en el expediente consistía en “una suerte de confesión anticipada y por escrito de lo actuado”.
Al tratarse de un fallo en primera instancia, el mismo no está firme, por lo que la decisión podría ser apelado por las condenadas. Por este motivo, el caso estaría abierto a ser sometido a una revisión judicial en instancias superiores.