15 de abril de 2025
El Ejecutivo aprobó el desembolso de USD 1.500 millones otorgados por el Banco Mundial

Lo hizo a través de un Decreto publicado en el Boletín Oficial. La decisión se da en el marco del préstamo que recibirá el país por parte del FMI
De acuerdo con lo establecido en la normativa recientemente publicada, el principal objetivo es reforzar los logros obtenidos a través de la “aprobación del Modelo de Contrato de Préstamo BIRF 9814-AR, por el cual el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF)” el cual se comprometió a “cooperar en la ejecución del “Financiamiento de Políticas de Desarrollo para la Sostenibilidad Fiscal y la Competitividad”, por un monto de USD 1.500.000.000“.
Además, el Ejecutivo argumentó que el préstamo aprobado tiene respaldo legal y se encuadra en el artículo 60 de la Ley N.º 24.156, lo que lo habilita a concertar operaciones de crédito con organismos financieros internacionales de los que el país forma parte, aun cuando no estén contempladas en la ley de presupuesto vigente. En paralelo, recordaron que el Ministerio de Economía solicitó al Banco Central de la República Argentina (BCRA) una evaluación sobre el posible impacto del préstamo en la balanza de pagos. Según el análisis del BCRA, “la dimensión de la operación bajo análisis implica un impacto limitado en términos macroeconómicos sobre los flujos de la balanza de pagos internacionales” y, por lo tanto, “será acotado y consistente con la dinámica prevista para las operaciones externas”. En tanto, la Oficina Nacional de Crédito Público manifestó no tener objeciones en relación con el financiamiento solicitado, al considerar que “el costo financiero del préstamo de referencia, basado en la información disponible y los supuestos realizados, es inferior al que la República podría obtener en el mercado”.En lo que refiere al préstamo que otorgará el BIRF, el uso de los fondos estarán a cargo del Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Finanzas, designada como organismo ejecutor. Esto quedó establecido en el artículo 2° de la resolución. En el mismo se indica: “Facúltanse al señor Ministro de Economía o al funcionario o a los funcionarios que este designe y al señor Secretario de Finanzas a suscribir en forma indistinta, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BIRF 9814-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1° del presente decreto >Esta publicación se da tras el anuncio del