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14 de febrero de 2025

Una reconocida marca de aceite denunció que copiaron su producto y la ANMAT lo prohibió: cómo identificarlo

La empresa Molinos denunció la comercialización de un producto ilegal que lleva el nombre de su marca. Cómo identificar los envases falsificados

>La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió hoy la comercialización de una marca de aceite de girasol tras confirmarse que se trata de una falsificación de la marca Molinos. La decisión fue publicada este jueves en la Disposición 1005/2025 del Boletín Oficial.

Según informaron las autoridades, la falsificación se detectó en dos locales ubicados en la provincia de Buenos Aires. “El legítimo elaborador informó al Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL, que el producto investigado no es fabricado por la empresa, que desconoce su procedencia y contenido”, agrega el documento.

Otra diferencia significativa se encuentra en la descripción del proceso de obtención del aceite. En el envase falsificado, aparece un error ortográfico en el texto, donde se utiliza la palabra “longrando” en lugar de “logrando”.

Una de las diferencias más evidentes entre ambos productos radica en las dimensiones de la botella. El envase del producto falsificado es ligeramente más bajo que el de la versión original, una característica que resulta fácilmente perceptible al comparar ambos envases lado a lado.

Por último, la botella original es cristalina y resistente a los golpes, mientras que el plástico del envase falsificado es opaco y de fácil depresión en una superficie.

El producto falsamente rotulado también carece de registros sanitarios, lo que genera serias dudas sobre su origen y las condiciones bajo las cuales fue elaborado. “Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido”, agrega la disposición mencionada.

Con el fin de evitar la comercialización de productos que no cumplan con las autorizaciones y reglamentaciones correspondientes, la Ambas disposiciones, la 827/2025 y 822/2025, afectan a productos de limpieza doméstica de la firma Industrias Promisur S.R.L. y a una serie de cosméticos de la marca “CHARM LIMIT”, los cuales presentaban irregularidades en su inscripción y etiquetado.

En cuanto a la primera, se determinó la prohibición de todos los lotes de productos de las marcas “M.A2002″ e “ip CLEAN”, con excepción de un producto registrado, la silicona en aerosol para acabado de superficies.

Por otro lado, la Disposición 822/2025 apuntó a la comercialización irregular de productos cosméticos de la marca “CHARM LIMIT”. Al igual que los artículos de limpieza, la investigación se inició a raíz de una denuncia de la empresa importadora EPSILON STAFF CONSULTING & WAREHOUSE, que detectó la presencia en el mercado de varios lotes de productos con su número de legajo falsificado. “Se usurpaba el legajo de establecimiento habilitado perteneciente al denunciante, productos que estarían siendo comercializados de manera irregular”, sostiene el texto.

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