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3 de febrero de 2025

Actualizaron los costos de producción en el INCAA destinados a películas nacionales y otros formatos

Al mismo tiempo, se establecieron los topes de subsidios para animación, ficción y documentales; y la aplicación de la Cuota Pantalla

>El Gobierno actualizó los montos de Mediante la Resolución 50/2025, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial, se fijó el “Costo reconocido de una película nacional de presupuesto medio”, que quedó establecido en 300 millones de pesos, con carácter retroactivo al 1 de septiembre de 2024. Esta modificación se introduce dentro de las obligaciones anuales que tiene el Instituto bajo la órbita de la Secretaría de Cultura de la Nación.

La actualización responde al incremento en los costos de producción con el fin de garantizar el apoyo efectivo a la cinematografía argentina, tal como alega el Gobierno en el considerando de la norma. Este ajuste triplica el valor fijado previamente en la Resolución INCAA 1607-E/2023, que determinaba el costo en 105 millones de pesos.

Respecto a los documentales digitales, se aplicarán las nuevas disposiciones a proyectos activos que cuenten con una resolución de otorgamiento de subsidio y cuyo rodaje haya comenzado a partir del 1 de septiembre de 2024. En estos casos, el monto otorgado no podrá superar el 70% del costo presupuestario aprobado, con un tope del 5% del costo de una película nacional de presupuesto medio.

A su vez, el INCAA informó que la Cuota de Pantalla —una medida de audiencia que estima el porcentaje de hogares o espectadores que están viendo el producto, sobre los que tienen un dispositivo prendido— aplicará a los estrenos de películas nacionales en todas las salas registradas en el Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual (RPACA). De esta manera, la Resolución 48/2025 establece que los grupos exhibidores con más de ocho pantallas deberán destinar un 6% de sus estrenos anuales a producciones nacionales, mientras que aquellos con hasta ocho pantallas cumplirán con un 4%.

Para computar el cumplimiento de la cuota, las películas seleccionadas deberán exhibirse en dos funciones diarias en horario central (entre las 17 horas y el cierre) durante toda la semana cinematográfica. En ciudades con menos de 100.000 habitantes, bastará con una función diaria en el mismo horario.

Las empresas exhibidoras que no cumplan con la cuota al finalizar el año deberán pagar una multa equivalente al 2% de su recaudación bruta anual.

Al mismo tiempo, será indispensable que los distribuidores, productores y exhibidores cumplan con los pasos establecidos para la inscripción y acompañen la solicitud de calificación y certificado de exhibición, con una declaración jurada indicando la cantidad de pantallas y los lugares donde se proyectará la película.

El procedimiento de control del cumplimiento estará a cargo de la Subgerencia de Exhibición y Fiscalización, que podrá actuar de oficio; al mismo tiempo que se habilitará una vía de contacto electrónico para denunciar posibles incumplimientos.

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