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25 de noviembre de 2024

El Gobierno modificó la regulación de los derechos de autor y eliminó la exclusividad de CADRA

El ex presidente Alberto Fernández había convertido al centro en la única entidad habilitada para cobrar y negociar licencias de reproducción de obras nacionales

>El Gobierno nacional continúa con los procesos de desregulación y ahora modificó la legislación que rige sobre los La medida se hizo oficial mediante la publicación del decreto 1036/2024, que deja sin efecto la normativa anterior que regulaba sobre la materia —decreto 736/2023—. Así, el Ejecutivo puso fin a la exclusividad de CADRA para regular los derechos de autor en el país.

La decisión había estado en manos de Fernández, quien convirtió al centro en una “entidad única” para cobrar y negociar los derechos de reproducción de las obras nacionales. Esto significaba que CADRA tenía la autoridad de regular las licencias y habilitaba a centros de copiado, universidades, empresas y otras instituciones para la distribución de material de estudio, ya sea en formato analógico o digital, dirigido a usuarios y alumnos. “El mencionado organismo debía tomar en cuenta, entre la información relevante, la población regional de alumnos universitarios y secundarios, los ingresos per cápita de cada región del país, la tasa de uso de libros y otros textos y los consumos anuales en fotocopias u otros tipos de reproducción, de acuerdo a los diferentes grupos de interés”, menciona el decreto en su considerando.

Sin embargo, el Ejecutivo alega que este régimen “constituye una regulación irrazonable, engorrosa, de difícil aplicación, que no garantiza el cumplimiento de su finalidad, que genera manifiestas inequidades injustificadas, distorsiones en la actividad comercial de quienes proveen el servicio de fotocopias y un perjuicio económico a estos comercios y a sus clientes”.

De esta manera, explicaron que la retribución se basaría en “elementos tan difíciles de determinar como los datos de mercado, del producto final y el costo de los equipamientos e insumos de los centros de copiado”, por lo que terminaría siendo fijado sobre una base presunta.

Por otro lado, el Gobierno señaló entre sus argumentos que la exclusividad otorgada a CADRA “constituye una medida contraria a la libre concurrencia, por cuanto impide que otras asociaciones de autores que puedan, libremente constituirse, representen los derechos de los autores y editores, sus derechohabientes y sucesores”.

El Ejecutivo mencionó también que el Estado Nacional adoptó, mediante el DNU 70/2023, la responsabilidad de “promover y asegurar la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.

En este contexto, el Gobierno también realizó modificaciones a la ley de circulación de bienes culturales, que regulan la importación y/o exportación de las obras de artes de artistas argentinos o extranjeros, dentro de las que se encuentran: pinturas, collage y asamblage, esculturas, grabados, estampas, litografías, cerámicas y arte textil.

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