15 de noviembre de 2024
A 15 años de la desaparición y muerte de la familia Pomar: las hipótesis descabelladas y el llamado al 911 que fue ignorado por la policía
El 14 de noviembre de 2009 un matrimonio y sus hijas viajaban hacia la ciudad de Pergamino. Nunca más se los volvió a ver. Los hallaron más de 20 días más tarde cerca de una ruta. Habían tenido un accidente de tránsito. Se llegó a difundir la versión de que que podrían haber sido abducidos por un OVNI
Pero como las horas transcurrían y no llegaban María Cristina empezó a preocuparse porque tenía la confirmación de su hija de que iban rumbo a su casa. Primero tuvo paciencia pero luego dio el alerta. Entonces se inició una búsqueda, pero el tiempo pasaba, no aparecían, y surgieron versiones tan inesperadas como escandalosas por las teorías y especulaciones acerca de lo que podría haberles sucedido según quien analizaba o prestaba testimonio respecto al hecho.
Pero no solo la policía demostró errores y carencia de responsabilidad. Todos estaban desconcertados. La responsable de la investigación en la causa “averiguación de paradero” fue Karina Pollice, de la fiscalía N°4 de Pergamino y se analizaban varias hipótesis. Ella se inclinaba por una disputa familiar de intereses y difundió que Pomar tenía un arma de fuego que no se encontró cuando requisaron su casa. Eso potenció aún más la versión acerca de que existía un conflicto de pareja. Pollice abundaba con más datos, destacaba que habían analizado cada llamado recibido en el 911 que no arrojaron ningún tipo de resultados, declaración que contrastaba con el dato antes mencionado cuando el albañil Frutos denunció el auto rojo patas para arriba a metros de la ruta.
Las fantasías iban en aumento a medida que pasaban los días. Los investigadores informaban que se estaba analizando la computadora personal de Fernando Pomar y que se rastrillaban por cielo y tierra con experimentados agentes de caballería e infantería los alrededores de las rutas 7, 5, 6, 41, 32, como así también los espejos de agua como la Laguna de Gómez. Siempre dejaban en claro que no se dejaba de lado ninguna hipótesis, pero lo cierto fue que seguían desconcertados y a su vez alimentaban con sus dichos todas las especulaciones imaginables.
Se escuchó que él quizás huyó porque tenía estudios de química y podría haber estado metido en el negocio de la efedrina, la droga de moda en esa época. Se lo tildó de un tipo violento nada más que porque en la imagen capturada de los videos de los peajes de Villa Espil y Luján Pomar lucía “desencajado”, sostuvieron los investigadores, quienes aprovechaban la foto para agregar el dato de que el arma que manejaba no se encontró en su vivienda, dando finalmente a entender que con ella podría haber matado a su mujer, a sus hijas y terminó suicidándose. Se habló de deudas en el cumplimiento de los pagos de las cuotas de su casa, cosa que no era cierta ya que pagaban puntualmente del 1 al 5 de cada mes. No faltó quien los vio en distintas provincias, fuera del país, ni quien relacionara a Pomar con el tráfico de cocaína. Y el colmo fue cuando se llegó a mencionar que podrían haber sido abducidos por un OVNI. Ya no faltaba nada.La búsqueda y el reclamo de justicia quedó a cargo de la abuela de las niñas, María Cristina, que fue víctima además de la lentitud de los funcionarios, ya que murió en julio de 2020, un mes antes de que la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo de San Martín responsabilizara a la provincia de Buenos Aires por la muerte de la familia. La indemnización la recibió Franco, hijo de Gabriela y único sobreviviente de la familia: 1.700.000 pesos más unos pocos intereses por el mal estado de la Ruta 31 por ‘daño moral’ y ‘valor vida’”, indicó el fallo. No fue todo. El 30 por ciento de la culpa se la echaron al conductor, Fernando Pomar, porque determinaron que los neumáticos de su Duna no estaban bien, en particular el trasero izquierdo. Además el dictamen dejó en claro que ninguno de los tripulantes llevaba puestos los cinturones de seguridad.
Algunos agentes debieron enfrentar una causa penal por no haber tomado medidas urgentes al haber sido advertidos por el llamado al 911 de Casimiro Frutos, caratulada como “Omisión de los deberes de funcionario público”, expediente en el que además se investigó una posible tergiversación de constancias y actas que aseguraban que fueron rastrillados determinados sectores cuando en realidad no se habrían cumplido tales medidas, lo que representó además una “Falsedad ideológica”.Para el abogado defensor de Arruvito, Gustavo Arabia “la Cámara entendió que no constituye delito no haber visto lo que supuestamente debieron ver ya que ese accionar encuadraría en una acusación por “incumplimiento de deberes de funcionario público”, la que prescribió y quedó fuera del proceso.
Así, una vez más, no hubo responsables en toda la cadena de errores que permitieron tamaña deficiencia e injusticia.