12 de agosto de 2024
El Gobierno decretó que los aviones del Estado no podrán ser utilizados para ninguna actividad privada
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Las aeronaves privadas de titularidad del Estado podrán realizar actividades aerocomerciales siempre que las autorice la ANAC, que dictará una reglamentación en los próximos 120 días
La normativa especifica que “las aeronaves privadas de titularidad del Estado Nacional, de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires, de los Municipios y de entes descentralizados, desconcentrados o de empresas estatales, podrán realizar actividades aerocomerciales de transporte aéreo y trabajo aéreo en cuanto cuenten con las autorizaciones correspondientes otorgadas por la autoridad aeronáutica”.
El decreto instruye a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) para que, en el término de 120 días contados a partir de su publicación, dicte una normativa específica relativa al uso de aeronaves públicas o privadas de propiedad estatal.