12 de agosto de 2024
La AFIP reglamentó el régimen que permite anticipar Bienes Personales: quiénes pueden adherirse y cuáles son los beneficios
:quality(85)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/infobae/2RMWACZHUBA2LOC4QFLRAXGYKI.jpg)
Este viernes, el ente recaudador reglamentó las fechas clave para acceder al REIBP, el régimen del paquete fiscal que permite pagar 5 años de Bienes Personales juntos con una conveniente alícuota
Entre los principales beneficios del REIBP, la AFIP destacó que aquellos que se adhieran gozarán de “estabilidad fiscal patrimonial hasta 2038″ y estarán exentos de cumplir con las obligaciones habituales del impuesto sobre los bienes personales, como anticipos y declaraciones juradas, durante la vigencia del régimen. Además, el comunicado subraya que “los incrementos patrimoniales durante la vigencia del régimen no generarán impuesto adicional a ingresar en bienes personales”, salvo en casos específicos como donaciones o liberalidades.
La adhesión al REIBP también impone ciertas condiciones a los no residentes, quienes deberán designar un representante en caso de que corresponda. Este nuevo régimen forma parte de las iniciativas del gobierno para ofrecer alivio fiscal y fomentar la regularización de activos.La implementación de este régimen se enmarca en un contexto de necesidad de la AFIP por reforzar la recaudación fiscal en medio de un entorno económico complejo. Con este nuevo marco normativo, el organismo busca no solo simplificar la carga tributaria de los contribuyentes, sino también asegurar un flujo constante de ingresos a largo plazo. La adhesión voluntaria y las facilidades ofrecidas podrían atraer a un sector significativo de contribuyentes que buscan estabilidad en un entorno fiscal cambiante.El régimen establece diferentes plazos para la adhesión y la presentación de declaraciones juradas según se trate de bienes regularizados o no regularizados bajo el Régimen de Regularización de Activos de la Ley 27.743. Para los bienes no regularizados, la manifestación de la adhesión al REIBP y el pago inicial del impuesto (no menor del 75% del total) podrán realizarse desde el 10 de agosto hasta la fecha de vencimiento para el pago del saldo de la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2023. La cancelación total del impuesto y la presentación de la declaración jurada deberán efectuarse antes del 30 de septiembre de 2024. En cuanto a los bienes ya regularizados, el plazo se extiende hasta el 31 de marzo de 2025, con la cancelación y declaración a presentarse antes del 30 de abril de 2025.
Adherir al REIBP exime a los contribuyentes de cumplir con las obligaciones del Impuesto sobre los Bienes Personales para los períodos fiscales comprendidos en el régimen, además de ofrecer un período de estabilidad fiscal que protege a los contribuyentes de cambios en la normativa tributaria hasta 2038. Sin embargo, se aclara que esta estabilidad no se extiende a ciertas obligaciones, como las derivadas de donaciones o adquisiciones de bienes por debajo del valor de mercado. El análisis del Consejo subraya la importancia de que la adhesión incluya la totalidad del patrimonio del contribuyente, ya que cualquier incremento patrimonial durante la vigencia del régimen, salvo excepciones, no generará impuesto adicional.El Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) es un régimen optativo y voluntario donde los contribuyentes que opten por adherirse al mismo tributarán el impuesto a los Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 en forma unificada aplicando una alícuota proporcional -no progresiva- del 0,45% sobre el total del patrimonio (o 0,5%, para bienes que ingresen al blanqueo).La base imponible estará conformada por:
- Uno de los principales atractivos del régimen es que los contribuyentes que se adhieran gozarán de una estabilidad fiscal hasta el año 2038 respecto de este impuesto y todo otro tributo nacional que se cree y tenga como objeto gravar todos o algunos activos sin que supere la carga tributaria máxima.Adherirse al REIBP puede convenir o no, de acuerdo a la situación fiscal de cada individuo y, sobre todo, a los planes que tenga para los años de duración del esquema. Por ejemplo, es difícil estimar en la actualidad cuál va a ser la inflación futura o los mínimos no imponibles. Pero en ciertos casos puede ser más que conveniente.Uno de los principales atractivos es la posibilidad de estabilizar la carga impositiva hasta 2038, asegurando que los impuestos patrimoniales no superen el 0,25% del patrimonio total. Este beneficio proporciona una previsibilidad fiscal que es especialmente valiosa en un entorno económico volátil, permitiendo a los contribuyentes planificar a largo plazo con mayor certeza.
Por último, el REIBP es particularmente ventajoso para quienes esperan fluctuaciones significativas en sus activos, como la venta de inmuebles, la recepción de herencias, o reestructuraciones patrimoniales. La posibilidad de anticipar cambios en la estructura de sus bienes y beneficiarse de una menor tasa impositiva crea un incentivo claro para adherirse al régimen. Es decir, es un beneficio clave para quienes esperen que en los próximos períodos fiscales su patrimonio imponible sea significativamente mayor al actual.
En resumen, el REIBP no solo ofrece una reducción inmediata en la carga fiscal, sino también una estabilidad y previsibilidad a largo plazo.