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REGIONALES

14 de abril de 2021

MARCOS JUAREZ: Restringen la circulación y limitan las reuniones familiares

El intendente Pedro Dellarossa emitió un decreto que establece las nuevas medidas de restricción para la ciudad en el marco de un «agravamiento desde la situación epidemiológica a escala local.

Las nuevas restricciones  comenzaron a regir a las 00 horas del lunes 12 de abril y se extenderán hasta las 24 horas del domingo 18 de abril de 2021, queda prohibida la circulación desde las 00 a las 6 de la mañana para quienes no pueda justificar su presencia en la vía pública.   Tal como se preveía fueron suspendidas las presentaciones artísticas en vivo en bares y restaurantes. El fin de semana fueron suspendidos eventos artísticos, como la presentación del grupo La Barra.   DECRETO Nº 080: La emergencia pública en materia sanitaria vigente, y la situación planteada a partir del notable aumento de casos positivos de covid- 19 en nuestra ciudad; y considerando que la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala local, requiere adoptar medidas para hacer frente a esta emergencia;   EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MARCOS JUÁREZ DECRETA:   Art.1) A partir de las 0:00 horas del día lunes 12 de Abril y hasta las 24 horas del día domingo 18 de Abril de 2021, se dispone:   a) Autorizase la circulación de personas entre las 00:00 hs. y las 6:00hs., para aquellas que justifiquen la misma.   b) Sugerir que las actividades y reuniones sociales en domicilios particulares no superen el número de diez (10) personas; quedan suspendidas las que superen el número de veinte (20).   c) Quedan suspendidas las presentaciones artísticas en vivo en bares y restaurantes.   d) Limitase la asistencia de público a espectáculos y/o reuniones de carácter social, deportivo, cultural, artístico, religioso y de culto al cincuenta (50%) de la capacidad autorizada de cada local, predio o recinto la que en ningún caso, podrá superar el número de cien (100) personas.   e) Todas las actividades habilitadas deberán extremar la aplicación y control de seguimiento de los protocolos sanitarios vigentes.   Art.2) Comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.   INFO: RED PANORAMA

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