17 de marzo de 2022
Cu锟絣es son los requisitos del Repro II para los salarios de febrero
El Ministerio de Trabajo precis贸 los requisitos de preselecci贸n y selecci贸n para el Programa de Recuperaci贸n Productiva II (Repro II) para los salarios devengados en febrero, a trav茅s de la resoluci贸n 244/2022 publicada este mi茅rcoles en el Bolet铆n Oficial.
La norma adopta las recomendaciones formuladas por el Comit茅 de Evaluaci贸n y Monitoreo del Programa Repro II en su acta conjunta 16, tras su reuni贸n del viernes 11 de marzo.
Podr谩n acceder al beneficio las empresas de sectores cr铆ticos, afectados no cr铆ticos y de hoteler铆a que en los 煤ltimos tres a帽os hayan tenido una variaci贸n nominal de su facturaci贸n inferior al 123,5% (ca铆da del 30% en t茅rminos reales), que en el caso del sector salud se eleva al 219,1% (sin variaci贸n real), en l铆nea con la inflaci贸n acumulada en ese per铆odo.
En comparaci贸n con la resoluci贸n previa (97/2022) que rigi贸 para los salarios devengados en enero, hubo cambios en el porcentaje de variaci贸n nominal de todos los sectores, ya que pas贸 a considerarse un per铆odo de tres a帽os (enero de 2019 a enero de 2022) en vez de dos, aunque se mantuvieron las variaciones en t茅rminos reales.
Los mismos porcentajes de 123,5% y 219,1% se fijaron en relaci贸n con la recomendaci贸n del Comit茅 para el IVA Compras.
El resto de los par谩metros de selecci贸n se mantuvieron, como el caso de una ca铆da mayor al 0% en la variaci贸n del cociente entre el costo laboral y la facturaci贸n, endeudamiento (mayor a 0,6), liquidez (2,5) y variaci贸n del consumo de energ铆a el茅ctrica y gas铆fera (menor a 0%).
Respecto de la variaci贸n de las importaciones, debe ser de una ca铆da de 20% como m铆nimo para empresas de menos de 800 trabajadores, y de 30% para el resto, pero de 0% para las de salud, al igual que en la resoluci贸n anterior.
El informe del Comit茅 de Evaluaci贸n
El Comit茅 de Evaluaci贸n y Monitoreo del Repro II est谩 conformado por representantes de los ministerios de Trabajo, de Econom铆a y de Desarrollo Productivo, y de la Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos (AFIP).En el acta que forma parte del anexo de la resoluci贸n, el Comit茅 destac贸 que "el crecimiento del empleo se extendi贸 a lo largo de todas las ramas de actividad, cada una de las cu谩les est谩 mostrando una senda de recuperaci贸n que evoluciona a distintas velocidades".
De todos modos, recomend贸 proseguir con la asistencia debido a que "en algunos sectores el empleo se encuentra por encima de los niveles pre-pandemia, y en otros, si bien est谩 creciendo, todav铆a no alcanz贸 el nivel que mostraba a inicios de 2020, aunque se aproxima mes a mes".
Al respecto, recalc贸 en base al 煤ltimo informe de la cartera laboral que "en diciembre de 2021, el n煤mero de trabajadoras y trabajadores con empleo asalariado registrado en empresas privadas creci贸 un 0,5% con respecto al mes anterior", lo que implica que "durante ese mes, 28.000 personas accedieron a puestos de trabajo formales en el sector privado".
"Con este resultado, la cantidad de asalariados registrados privados acumula 14 meses consecutivos de crecimiento entre noviembre de 2020 y diciembre de 2021", en la serie desestacionalizada, resalt贸.
El Comit茅 puso de relieve que "la tasa de crecimiento mensual del empleo registrado observada en diciembre de 2021 (0,5%), es muy elevada considerando la din谩mica laboral en la Argentina", si se tiene en cuenta que "durante los cuatro a帽os comprendidos entre diciembre de 2015 y diciembre de 2019, el mayor crecimiento mensual del empleo registrado fue del 0,2%".
"Con esta significativa recuperaci贸n del mercado laboral, la econom铆a consigui贸 recuperar la totalidad del empleo asalariado registrado perdido durante la pandemia", al punto que "el nivel de empleo asalariado registrado a diciembre de 2021 supera en un 0,2% el valor verificado en febrero de 2021, el mes previo a la irrupci贸n de la Covid-19 en el territorio nacional".
Condiciones que deben cumplir las empresas
Para acceder al beneficio del programa Repro II, las empresas deben cumplir con las condiciones de acuerdo con el sector que est茅n encuadradas, seg煤n los par谩metros fijados para cada uno.En el caso de los sectores afectados tanto cr铆ticos como no cr铆ticos, deben alcanzar el cumplimiento de al menos cuatro de los seis par谩metros establecidos, de los cuales ser谩n de cumplimiento obligatorio las variaciones del IVA compras y de la relaci贸n entre el costo laboral y la facturaci贸n.
Para el sector salud, entre los cuatro par谩metros que se deben cumplir debe estar incluida la variaci贸n porcentual de la relaci贸n entre el costo laboral y la facturaci贸n.

