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CAMPO

16 de mayo de 2018

Mas de 50 zonas estarán dentro de la emergencia agropecuaria

Se reunió la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, con la presencia de funcionarios y técnicos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, legisladores departamentales, integrantes de entidades del sector, representantes de organismos como el INTA, el Colegio de Ingenieros Agrónomos y la Bolsa de Cereales de Córdoba.

El encuentro fue encabezado por los secretarios de Agricultura y de Ganadería, Marcos Blanda y Olden Riberi, y el objetivo fue delimitar las nuevas zonas de la provincia de Córdoba que se encuentran afectadas por la sequía, para elevar posteriormente al Poder Ejecutivo la propuesta de las superficies a incluir en otro decreto de Emergencia Agropecuaria. Cabe aclarar que el pasado 27 de abril se firmó un primer decreto (el N° 566/18), que declaró en ese estado a 19 pedanías de 11 departamentos.

En el acta elevada se propuso incluir en un nuevo decreto a 49 zonas específicas de 19 pedanías. En algunos casos las pedanías se incluyen en forma total y en otros casos solo parcialmente.

Esto es así porque en esta segunda instancia, se trabajó sobre áreas puntuales que sufrieron afectación por ausencia de lluvias; dichas áreas no se concentraron en grandes superficies sino más bien se dieron de forma dispersa. Eso obligó también a que el proceso de delimitación llevara más tiempo de lo habitual, dada la precisión al momento de determinar las zonas.

El período de vigencia para esta segunda propuesta de emergencia agropecuaria se sugirió, para las actividades agrícolas desde el 1º de junio de 2018 al 31 de octubre de 2018. En el caso de los establecimientos ganaderos, de tambo, apícolas y fruti-hortícolas, del 1º de junio de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018.

El principal beneficio que otorga la ley de emergencia agropecuaria provincial es la postergación del pago del impuesto inmobiliario rural (en caso de tener más del 50 por ciento de afectación), o directamente la exención si se supera el 70 por ciento.

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